Decálogo profesional para el registro de sociedades
Sea cual sea el mercado donde el usuario se busque posicionar, es importante que se registre, sea como autónomo o como sociedad, para cumplimentar con los requisitos legales necesarios. Aquí una guía sencilla con los pasos a seguir para lograrlo.
Registro de sociedades
A través del Ministerio del Interior del Gobierno de España, los usuarios pueden registrar su sociedad o marca para obtener todos los derechos legales sobre su denominación y actuar bajo los amparos jurídicos correspondientes.
En este sentido, es importante que la empresa se registre en el Registro de Sociedades, para así poder otorgar a sus clientes cierta seguridad jurídica, dirimir conflictos legales y pagar todos los impuestos necesarios para continuar con sus operaciones.
Este trámite, aunque puede llevar algo de tiempo, es sencillo. Solo deben seguirse los pasos que se exponen a continuación y el usuario podrá disfrutar de su registro como marca legal.
Pasos a seguir
Paso 1: Reserva de nombre.
El usuario debe registrar su nombre o denominación en el Registro Mercantil. Para esto, debe dirigirse a las oficinas de Madrid o solicitar una búsqueda en la base de datos en el sitio web (RMC.es). Aquí debe pagarse una tasa y llenar formularios para registrar el nombre de la sociedad.
Paso 2: Abrir una cuenta en un banco.
Para que la constitución de una sociedad sea efectiva, el usuario debe abrir una cuenta bancaria. Allí deben apersonarse todos los socios, los cuales registrarán la cantidad de dinero que le corresponde a cada uno en la sociedad. El monto mínimo para abrir una sociedad es de 3.000 euros.
Paso 3: Firmar los estatutos y escrituras.
El tercer paso es, una vez determinados los estatutos societarios, es la de firmarlos por notario público, ya que de esta forma toman la naturaleza de documento público. Las escrituras también pueden ser realizadas por el mismo notario, por lo que el usuario se ahorra tener que hacerlas por sí mismo.
Paso 4: Darse de alta en Hacienda.
Con las escrituras notariadas y el registro de marcas realizado, así como el comprobante del banco, el usuario debe dirigirse a Hacienda para darse de alta y obtener su CIF.
Paso 5: Volver al banco.
Con el CIF y las actas notariadas, el usuario debe regresar al banco para darse de alta definitivamente. En el caso de las sociedades civiles o fundaciones, esto se realiza para que la cuenta bancaria tenga naturaleza de sin fines de lucro.
Elementos adicionales.
Todos los socios que constituyan la sociedad deben estar constituidos como autónomos. Además, la sociedad debe llevar adelante libros contables rubricados todos los años.
